TEEM amonesta públicamente a Iván Pérez Negrón
Del análisis realizado por la Ponencia a cargo del Magistrado Salvador Alejandro Pérez Contreras, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán en Sesión Pública remota determinó amonestar públicamente al candidato a la Presidencia Municipal de Morelia, Michoacán por el Partido Morena.
Ya que del análisis de la cuenta TEEM-PES-030/2021, queja presentada por los Partidos Acción Nacional y de la Revolución Democrática, se logró acreditar la conducta atribuida al denunciado por actos anticipados de campaña.
Lo anterior, en razón a que se satisfacen los elementos personal, subjetivo y temporal establecidos en la jurisprudencia del Tribunal Electoral Federal, pues del contenido del acta de verificación de publicaciones en enlaces electrónicos, se obtiene que existen expresiones con un significado equivalente al llamamiento al voto en favor del denunciado, además de que aparece su imagen y su nombre, lo que da lugar a considerar que se está promocionando con la finalidad de participar en un proceso de selección de candidato, en este caso a presidente municipal de Morelia.
Asimismo, a propuesta de la Magistrada Presidenta Yurisha Andrade Morales, se resolvió el Recurso de Apelación TEEM-RAP-045/2021, en el cual el PRD aduce que el candidato registrado para contender por la Presidencia Municipal de Zinapécuaro, Michoacán, no cumple con los requisitos de elegibilidad para contender en la modalidad de elección consecutiva, razón por la cual impugnó el Acuerdo IEM-CG-150/2021 emitido por el Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán, por el que aprueba las candidaturas a integrar ayuntamientos postuladas por la Coalición Parcial “Juntos Haremos Historia en Michoacán” integrada por los Partidos Políticos del Trabajo y Morena, mismo que se confirmó, al considerar que el acto reclamado no contraviene los Lineamientos para Elección Consecutiva.