Magistrada del TEPJF propone suspender proceso interno del Frente Amplio por México rumbo al 2024
La magistrada ponente considera que existe un riesgo en la equidad a la contienda para los próximos comicios.
Janine Otálora Malassis, magistrada de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), propuso declarar la invalidez de la convocatoria para elegir a la persona responsable para la construcción del Frente Amplio por México, emitida por las dirigencias del PAN, PRI y PRD, rumbo al proceso electoral 2024.
El proyecto presentado por la magistrada Otálora argumenta que el proceso interno del bloque opositor, posiblemente, estaría poniendo en riesgo los principios rectores del proceso electoral, la legalidad y la equidad en la contienda.
«La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación dicta sentencia en los juicios identificados al rubro, en el sentido de declarar la invalidez de la Convocatoria para elegir a la persona responsable para la construcción del Frente Amplio por México, emitida por el Comité Organizador, integrado entre otras personas, por representantes de los partidos políticos Acción Nacional, Revolucionario Institucional y de la Revolución Democrática», se alcanza a leer en la primera página del proyecto presentado en la Sala Superior del TEPJF.
De acuerdo con la documentación obtenida por El Universal, la propuesta fue presentada derivado de un juicio para la protección de los derechos político-electorales interpuesta por el dirigente nacional del Partido del Trabajo (PT), Alberto Anaya, junto con otras personas.
Tras lo anterior, la propuesta presentada por el órgano jurisdiccional determinó que el PAN, PRI y PRD, así como a las personas aspirantes que, en términos de esa convocatoria – invitación, actualmente estén realizando actividades para obtener el apoyo de la militancia, simpatizantes y ciudadanía en general que, de manera inmediata a la notificación del ordenamiento, suspendan todos y cada uno de los eventos, actos, recorridos, difusión y propaganda, en cualquiera de sus modalidades, asociados al proceso de selección del «Responsable para la Construcción del Frente Amplio por México» y cualquier proceso de similar naturaleza.
Asimismo, exigen que el Instituto Nacional Electoral (INE), a fin de que a través de sus áreas competentes, tanto de órganos centrales como de los desconcentrados, verifiquen el cumplimiento de la orden girada por el TEPJF, en un plazo no mayo a los cinco días hábiles posteriores a la notificación.
Finalmente, la documentación presentada por la magistrada del TEPJF señaló que, otro de los puntos a destacar, era que derivado de la posible comisión de infracciones consistentes en promoción personalizada por parte de la senadora Xóchitl Gálvez Ruiz, el presidente de la Cámara de Diputados, Santiago Creel y la senadora Beatriz Paredes, por los hechos que se refieren en la demanda, se ordena dar vista al INE, para que proceda conforme a sus atribuciones.