Por estacionarse en sentido contrario, multa de 513 pesos, dice SSP
La sanción se encuentra estipulada en el artículo 98, fracción V, inciso “a”, del Reglamento de la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado
Para generar un sentido de respeto a la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado, la Secretaría de Seguridad Pública (SSP), exhorta a los conductores a no estacionarse en sentido contrario al flujo vial; quien no atienda la disposición, se hará acreedor a una multa de 513 pesos.
En el marco de la estrategia de la Institución para fomentar la cultura vial entre las y los michoacanos, se continúa dando a conocer información entre las y los michoacanos, con el objeto de abatir riesgos viales.
De acuerdo a lo establecido en artículo 67, fracción XII, de dicho Reglamento, queda prohibido estacionar un vehículo en sentido contrario, lo que será motivo de una sanción económica para quienes no respeten lo anterior.
La multa equivale a 513 pesos, así lo establece el artículo 98, fracción V, el cual menciona lo siguiente:
A) Por estacionarse en lugar prohibido, doble fila o más obstruyendo la vía pública, la sanción equivale a 5 Unidades de Medida y Actualización (UMAS).
Porque prevenir es tarea de todos, la SSP invita a cumplir con el Reglamento de la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado.