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Revés a Carla Humphrey: TEPJF confirma que no puede contender por la presidencia del INE

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la decisión del Comité Técnico de Evaluación de excluir a Carla Humphrey, actual consejera del Instituto Nacional Electoral (INE), de la contienda por la presidencia del órgano electoral. El argumentó central giró en torno a que la aspiración de la consejera se trataba de una reelección.

El proyecto presentado por el magistrado presidente Reyes Rodríguez Mondragón fue avalado por 4 de los 5 magistrados presentes, por lo tanto solo obtuvo el voto en contra de Mónica Soto Fregoso.  

Durante la sesión de Tribunal, la magistrada Mónica Soto estimó que en este caso para ella no se actualiza el supuesto de reelección, en tanto hay diferencia en funciones entre los consejeros y el presidente del INE, pues dijo tienen atribuciones y finalidades distintas. Además, en favor de Humphrey, destacó que la experiencia le parece fundamental en la integración de un órgano de esta relevancia.

“La reelección desde mi análisis jurídico y constitución se daría en el caso de que quien ostenta la Presidencia del Consejero General del INE estimará participar para proseguir en el mismo cargo… Desde una nueva, abierta y firme reflexión estimo que en casos como este no se actualiza el supuesto de reelección en tanto, existe una diferenciación entre el cargo de consejerias electorales y la Presidencia, sobre sus atribuciones y finalidades”, señaló.

José Luis Vargas Valdez al compartir el proyecto presentado por el magistrado presidente comparte el proyecto Reyes Rodríguez Mondragón, al destacar la Constitución señala que tanto los consejeros electorales y el presidente durarán 9 año y no podrán ser reelectos y que esto no da margen de interpretación, por lo tanto, para él es improrrogables su lapso de tiempo.
Argumentó que aunque tengan funciones distintas, esto no quiere decir que se trate de posiciones distintas, porque tanto el consejero presidente como un consejero electoral del INE tienen el mismo estatus constitucional.

Vargas Valdez planteó que si adoptará el criterio de los años ejercidos de consejeros o consejeras más los 9 años de presidencia sucedería de entrada que el procedimiento para el cual estaba prevista esta renovación periódica dejaría de ser funcional.

Mientras que Reyes Rodríguez Mondragón indicó que con las diversas reformas electorales se ha mantenido una constante para que no exista la reelección en el órgano electoral, y advirtió que una interpretación “alternativa” daría lugar a distintos efectos que “no son armónicos” con el diseño y funcionamiento de las convocatorias para la renovación del Consejo General del INE.