TEPJF confirma medidas cautelares del INE vs AMLO: le prohíben hablar de temas electorales
TEPJF confirma medidas cautelares del INE vs AMLO: le prohíben hablar de temas electorales
Las autoridades judiciales consideraron que los pronunciamientos en materia electoral del mandatario federal pueden provocar riesgos para los principios electorales de imparcialidad y neutralidad.
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó las medidas cautelares aprobadas por la Comisión de Quejas y Denuncias del INE que en tutela preventiva prohíben al presidente Andrés Manuel López Obrador hablar sobre temas electorales.
Las autoridades judiciales en materia electoral explicaron que la controversia se originó a partir de la denuncia que el PAN presentó en contra del presidente López Obrador, y quienes resulten responsables, por las manifestaciones expuestas en la conferencia mañanera del pasado 26 de junio de 2023, en la que descalificó a los partidos políticos de la oposición y expresó apoyo a su partido, Morena.
Tras lo anterior, recordaron que el INE precisó que el mandatario federal ya había emitido pronunciamientos vinculados con temáticas electorales en otras conferencias matutinas e indicaron que ya se le había conminado al tabasqueño a ajustarse a los parámetros constitucionales. Con lo anterior en cuenta, las autoridades electorales ordenaron que López Obrador debía abstenerse de emitir manifestaciones, comentarios, opiniones o señalamientos sobre temas electorales, de forma que cuide que su actuar se ajuste a los principios de imparcialidad y neutralidad.
Sin embargo, detallaron que, en contra de esa determinación, el presidente López Obrador, así como también Jesús Ramírez Cuevas, coordinador general de Comunicación Social y vocero del Gobierno de la República, acudieron a la Sala Superior del TEPJF para impugnar la decisión del INE.
Al respecto, el tribunal electoral dijo que confirmó el acuerdo del INE impugnado por las autoridades del Gobierno Federal, ya que indicaron que es posible dictar medidas cautelares respecto de las manifestaciones denunciadas por la oposición, pues argumentan que la difusión de su archivo audiovisual y versión estenográfica se mantiene en el tiempo. Además, señalan que la medida consistente en una abstención de pronunciarse sobre temas electorales se justifica por el posible riesgo de afectar los principios constitucionales de los procesos electorales, aún cuando estos aún no han comenzado.
Finalmente, la Sala Superior del TEPJF reiteró que la medida no se dictó sobre hechos futuros, de realización incierta, dada la posibilidad de la reiteración de la conducta por parte de AMLO, ya que aseguran que en diversas ocasiones se ha conminado al tabasqueño a respetar el marco constitucional.