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¿En qué consiste la nueva Ley de Telecomunicaciones aprobada por el Senado de México?

¿En qué consiste la nueva Ley de Telecomunicaciones aprobada por el Senado de México?

Tras un acalorado debate, los senadores acordaron eliminar algunas de las facultades más polémicas de la nueva ATDT, incluyendo la de bloquear a plataformas digitales.
Con 77 votos a favor y 30 en contra, el Senado de México aprobó este sábado por la noche la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, remitiendo el proyecto a la Cámara de Diputados para su revisión final. La reforma contó con el respaldo de la coalición de Morena, Partido del Trabajo y PVEM, al que se sumó el apoyo de Movimiento Ciudadano. La oposición se limitó a las bancadas del PRI y el PAN.

Democratización de los medios

El oficialismo celebró el enfoque social del dictamen, ya que sitúa entre sus objetivos centrales garantizar el acceso a Internet de banda ancha en zonas marginadas, beneficiando a más de 15 millones de mexicanos. También fortalece la operación de medios comunitarios, incluyendo aquellos servicios operados por pueblos indígenas y afromexicanos. Dichos medios podrán acceder al espectro radioeléctrico, vender publicidad y recibir financiamiento público.

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Artículo 19 advierten que la próxima Ley de Telecomunicaciones de México facilita la censura; Sheinbaum se dice abierta a corregir la redacción
Claudia Sheinbaum negó que Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión sea un mecanismo de censura. Reconoció que es necesario ajustar la redacción de los artículos sobre las plataformas digitales.

La reforma fortalece los derechos de las audiencias, imponiendo a los concesionarios la obligación de contar con su propia defensoría de audiencias, mecanismo que permitirá atender quejas por desinformación o calumnias. Encima de esto, los medios estarán obligados a contar con códigos de ética y a diferenciar claramente entre contenidos informativos y de opinión.

Además, se logra redefinir el marco legal para la propaganda de gobiernos extranjeros, la mecha que detonó el proyecto de reforma, por los anuncios de Kristi Noem, titular del Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos. Bajo la nueva ley, se permite difundir solo contenidos de carácter cultural, turístico o deportivo, y permitiendo sancionar la publicidad extranjera que incumpla dichas reglas.

Para moderar la autoridad de la ATDT, se crea la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT), un órgano desconcentrado con autonomía técnica y operativa, integrado por cinco comisionados, cuya labor deberá ser pública y transparente. Los comisionados serán propuestos por el Ejecutivo y ratificados por el Senado

Entre otros puntos destacables, se aprobó una reserva que hace obligatorio el control de precios de equipos móviles, con la supervisión de la CRT; y los servicios y equipos deberán estar adaptados para que personas con discapacidad puedan hacer uso de ellos.

Puntos de choque

El dictamen originalmente incluía el artículo 109, el cual facultaba al gobierno para bloquear temporalmente plataformas digitales. Tras intensas protestas de la oposición, dicho artículo fue eliminado. “Eso lo celebramos, son avances,” dijo Ricardo Anaya, senador del PAN. “La oposición alzó la voz de manera oportuna, pero sobre todo, la sociedad civil se activó, y de ellos es el mérito de que se haya corregido esto tan importante en el dictamen».

A pesar de los ajustes, la oposición sigue manifestando su preocupación. Por ejemplo, persiste la facultad de la Secretaría de Gobernación y de la ATDT para suspender transmisiones de radio o televisión que infrinjan los derechos de las audiencias, no solo de las infantiles, como dicta la legislación vigente, sino audiencias en general, “lo cual, a nuestro juicio, podría dar lugar a abusos”, señaló Anaya, a nombre de sus compañeros de bancada.

Otro posible uso de la ley como instrumento de control, vigilancia y censura, según el PRI y el PAN, es el acceso a la información electrónica de algún usuario sin orden judicial de por medio. La nueva Ley de Telecomunicaciones exige que todas las líneas de telefonía móvil (prepago y pospago) estén asociadas a un usuario con datos oficiales. Es decir, el usuario deberá presentar, al momento de activar una línea, identificación oficial, y las operadoras deberán inhabilitar cualquier línea que no tenga este registro dentro de un plazo de hasta 120 días hábiles.

Las operadoras estarán obligadas a guardar metadatos (llamadas, mensajes, duración, origen, destino) hasta por dos años, y las autoridades competentes —fiscalías, policía, ejército— podrán acceder a esa información, presuntamente sin que haya necesidad de una orden judicial. Las operadores deberán permitir la consulta y entrega en tiempo real de la geolocalización exacta del dispositivo, así como el registro detallado de comunicaciones.

Defensores del dictamen, como el senador Jorge Carlos Ramírez Marín (PVEM), argumentaron que el acceso a la geolocalización de los usuarios ya existe en la legislación vigente. “Este big brother, y esta mentira que están urdiendo, ya estaba en la ley desde 2014, y fue aprobada con el voto del PRI y el PAN”. El senador del Partido Verde Ecologista también señaló que el artículo 182 del proyecto ya establece que debe haber mandato judicial para acceder a información privada. “Ya lo dijeron aquí, la ignorancia es temeraria”, concluyó.

Luego de que la votación fuera suspendida en abril por petición de la presidenta Sheinbaum, el proceso incluyó cinco conversatorios públicos en mayo, donde se tomaron en cuenta diversas voces de expertos, concesionarios y la sociedad civil antes de someter la legislación a un nuevo proceso de votación.

Ya que fue avalado en lo particular y general por el Senado, el dictamen fue turnado a la Cámara de Diputados, que tiene hasta el 2 de julio para analizarlo. Allí se espera que los temas más polémicos sean nuevamente objeto de debate.