TEPJF confirma que AMLO debe abstenerse de promocionar la revocación de mandato
El Pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), en sesión privada y por unanimidad de votos, confirmó el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) en el que la Comisión de Quejas y Denuncias declaró procedente el dictado de medidas cautelares, en su vertiente de tutela preventiva, por lo que el presidente Andrés Manuel López Obrador se debe de abstenerse de promocionar el proceso de revocación de mandato.
Antecedente. El 4 de febrero, el PRD denunció diversas expresiones de AMLO vertidas en su conferencia matutina del 2 de febrero de 2022, al considerar que implicaban indebido uso de recursos públicos y la ilegal promoción del proceso de revocación de mandato, por lo que bajo la figura de tutela preventiva, solicitó que se conminará al mandatario para que se apegue a las limitaciones constitucionales a las que está sujeto y no promocione en dicho ejercicio en cualquiera de sus presentaciones públicas.
Por lo que el INE determinó procedente la medida cautelar solicitada, pero el titular del Ejecutivo, el coordinador general de Comunicación Social, el vocero del Gobierno de la República, el director del Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales, y Morena interpusieron recursos de revisión del procedimiento especial sancionador para revisar el acuerdo del INE.
Resolución del TEPJF. A propuesta del magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, el TEPJF confirmó el acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE debido a que se advirtió una conducta reiterada y sistemática por parte de AMLO “consistente en utilizar esa herramienta de comunicación para difundir propaganda gubernamental, lo que constituye un elemento objetivo y razonable para estimar el temor fundado y el riesgo inminente de que se repitiera la conducta sancionada a lo largo del periodo restringido constitucionalmente”, señaló el tribunal.
Por tanto, la Sala Superior confirmó que, bajo la figura de tutela preventiva, se conminara al presidente a apegarse a las limitaciones constitucionales sobre la difusión de propaganda gubernamental, a fin de que se abstenga de promocionar la revocación de mandato en cualquiera de sus apariciones públicas.