En primera sesión y de madrugada, diputados aprueban nueva Ley de Juicio Político
En primera sesión y de madrugada, diputados aprueban nueva Ley de Juicio Político
En la primera sesión de la 65 Legislatura, Morena y sus aliados aprobaron de madrugada la Ley Federal de Juicio Político y Declaración de Procedencia, que sustituye la Ley de Responsabilidades de los Servidores Público
En la primera sesión de la 65 Legislatura, Morena y sus aliados aprobaron de madrugada la nueva Ley Federal de Juicio Político y Declaración de Procedencia.
Con el voto en contra de la oposición del PAN, PRI, MC y PRD, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó esta nueva Ley Reglamentaria de los artículos 108, 109, 110, 111 y 112 de la Constitución, y eliminaron la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, “por obsoleta y porque genera ambigüedades, conflictos normativos y otros problemas de aplicación”.
La nueva ley de juicio político contiene los lineamientos para su procesamiento, entre las cuales obliga a los Congresos locales a acatar las decisiones de desafueros del Congreso federal y evitar que se repitan casos como el del gobernador de Tamaulipas, Francisco Javier García Cabeza de Vaca, acusado de delincuencia organizada, lavado de dinero y defraudación fiscal.
En la primera sesión de esta legislatura se dio una muestra de la medición de fuerzas entre los dos bandos. La propuesta de nueva ley se aprobó, en lo general, con 273 votos a favor y 220 en contra, y en lo particular de los artículos más cuestionados, después de debatir 61 reservas a 38 artículos con 40 oradores, avanzó con 266 votos a favor, 205 en contra y se turnó al Senado para su discusión y votación.
En la ley aprobada se realizaron modificaciones respecto al juicio político: se amplía el plazo en que puede iniciarse un procedimiento de este tipo después de la conclusión del encargo, pasando de 1 a 7 años; se aumenta la duración de la inhabilitación que puede imponerse como sanción de 1 a 20 años, para quedar en mínimo de 10 años y máximo de 30 años.
Además, se efectuaron algunas precisiones procedimentales que se apegan a los principios constitucionales del debido proceso y de garantía de audiencia como son las actuaciones; notificaciones; diligencias; ofrecimiento, calificación y desahogo de pruebas.